Ante la convocatoria de Huelga para el próximo día 14 DE NOVIEMBRE, es necesario tener en cuenta que "los empresarios respetamos los derechos constitucionales, entre el que se encuentra el derecho de huelga, con la misma legitimidad vamos a exigir de los Sindicatos convocantes QUE SE RESPETE EL DERECHO AL TRABAJO de quienes no deseen seguir dicha convocatoria".
En consecuencia, ES ILEGAL TODA ACCION QUE IMPIDA O COACCIONE DE ALGUNA MANERA A LOS TRABAJADORES respecto de su acceso al trabajo o que altere la pacifica prestación de sus servicios.
Para conocimiento de quien ATIENDA EL LLAMAMIENTO DE HUELGA se recuerda que, con arreglo a la normativa vigente, la participación en la misma conlleva los siguientes aspectos:
1º.- Suspensión del contrato de trabajo durante el tiempo que dure la misma.
2º.- No percepción del salario por las horas dejadas de trabajar y con la repercusión proporcional de la retribución del descanso semanal y pagas extraordinarias.
3º.- Situación de alta especial en la Seguridad Social, suspendiéndose la obligación de cotizar con las consecuencias que ello implica.
La participación en FORMAS ILEGALES DE HUELGA O LA COMISION DE ACTOS ILICITOS con ocasión de la misma quedarán sometidos a lo dispuesto en la legislación vigente y al EJERCICIO DE LAS ACCIONES que en cada caso correspondan
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