Desde el año pasado el incentivo de la libertad de
amortización sólo es aplicable a las PYMES que aumenten su plantilla de
trabajadores. Pero también se puede aplicar una amortización degresiva.
Si los activos adquiridos son nuevos, puede aplicar de forma
combinada dos incentivos en materia de amortizaciones:
. Si la empresa es de reducida dimensión puede multiplicar
por 2 el coeficiente máximo de amortización aplicable a los activos adquiridos.
. Puede aplicar la amortización degresiva en todas las
empresas, sean o no de reducida dimensión, permitiendo este sistema amortizar más
los primeros años de vida útil del activo, salvo para edificios, mobiliario y
enseres.
La forma de calcular la amortización degresiva es aplicar un
porcentaje de amortización fijo sobre el valor pendiente de amortizar. Este
porcentaje es el cálculo de multiplicar el porcentaje de amortización del
activo correspondiente según tablas por los coeficientes:
- Del 1.5 si se amortiza en un período de menos de cinco años.
- Del 2 si se amortiza en un período comprendido entre los cinco y los ocho años.
- Del 2.5 si se amortiza en un periodo de ocho o más años.
La combinación de la amortización degresiva con la
amortización doble de las PYMES le permitirá pagar menos en el Impuesto de
Sociedades durante los primeros años de utilización del activo.
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