Se ha introducido una novedad en el Impuesto de Sociedades que afecta a todas las empresas, sea cual sea su facturación.
Si su empresa calcula sus pagos a cuenta del Impuesto sobre Sociedades según la modalidad de bases, debe saber que a partir del pago del mes de octubre y hasta el año 2013, si las empresas obtienen dividendos o plusvalías de filiales situadas en el extranjero y se acogen a la exención para evitar la doble imposición internacional deberán computar dentro de la base imponible al menos el 25 % de los rendimientos que perciban de dichas filiales.
El ajuste fiscal negativo a efectuar sobre la base imponible del pago fraccionado no podrá ser superior al 75 % de dichas rentas obtenidas.
Esta medida sólo afecta al cálculo de los pagos fraccionados, cuando su empresa calcule su Impuesto sobre Sociedades podrá computar por su totalidad la exención a la que tenga derecho.
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