Aunque el Gobierno nos prometio en su campaña electoral que no iba a subir la presión fiscal, la realidad es otra y este mes, junto con la denominada cuesta de enero, que cada vez se alarga más incluso para algunas familias es una cuesta sin meta a la vista.
Se han incrementado la factura de la luz, los carburantes, los transportes, el IRPF, el IVA, ha eliminado la deducción por la compra de la vivienda habitual, los agraciados en la lotería tendrán que pagar un porcentaje al fisco. Y esto no ha hecho más que empezar.
Así ya sabemos que todos los premios que superen los 2.500 euros de la Lotería Nacional, La Primitiva, Euromillones, BonoLoto, El Gordo de la Primitiva, La Quiniela, El Quinigol, Lototurf y Quíntuple plus deberán pagar un 20% a Hacienda.
Los juegos online se tributa en función del tipo del IRPF aplicado a cada jugador. Un jugador no puede deducirse todo lo que pierda, sino que podrá descontárselo de lo ganado y tributar sólo por el saldo neto, como una pérdida patrimonial. El límite para deducirse las pérdidas serán las ganancias. Es decir, que un jugador no puede deducirse en el IRPF todo lo que pierda, sino que podrá descontárselo de lo ganado.
Si tenemos perdidas en la Bolsa, estas si son a corto plazo (menos de un año) pasan a la base imponible, primero se integran y compensan entre sí con las demás pérdidas y ganancias patrimoniales que no sean renta del ahorro. Si el resultado sigue siendo negativo, su importe se compensa con el saldo positivo en el mismo periodo "con el límite del 10%". Si sigue quedando saldo negativo, su importe se compensará en los cuatro años siguientes, en la cuantía máxima permitida.
Las Plusvalías generadas en el primer año tributan al tipo marginal de IRPF que pague cada contribuyente. Los tipos, tras los gravámenes adicionales incluidos por el Gobierno para 2012 y 2013, van del 24,75% al 52%. Así, si un contribuyente tributa habitualmente al tipo marginal del 24,75% y genera plusvalías en un solo ejercicio tendrá que pagar un 24,75% por ellas, en lugar del 21% hasta 6.000 euros o del 27% por encima de 24.000 euros. Si se encuentra en el tramo más alto de renta tendrá que pagar un 52%.
No nos podremos compensar por la compra de una vivienda realizada antes del 2006, el real decreto de 14 de julio suprime la compensación, lo que repercute en la declaración de este año. Desde el 20 de enero de 2006, la degradación es del 15% hasta un límite de 9.040 euros. Sin embargo, se compensaba a aquellos que ya aplicaban una deducción mayor por vivienda -del 20% o 25%-, ahora esa compensación desaparece.
Los rendimientos del trabajo por impartir cursos, conferencias, coloquios y seminarios, o derivados de la elaboración de obras literarias, artísticas o científicas, satisfechos o abonados desde el 1 de septiembre de 2012, tributan al 21%.
El impuesto de patrimonio se mantiene este año 2013, y esta previsto que en los próximos años también, aunque está transferido a las comunidades autónomas. Algunas como Madrid lo bonifican al 100%, otras como Navarra, con su régimen fiscal especial, han rebajado el umbral para cobrarlo hasta 311.023 euros, sin contar con la vivienda habitual (hasta 250.000 euros)
Se mantiene el recargo del IBI que afecta a la mitad de las viviendas del país. Además los ayuntamientos podrán gravar el patrimonio histórico artístico vinculado con actividades económicas, como por ejemplo el Hotel Ritz de Madrid, hasta ahora exento de IBI.
Los balances de las empresas se gravarán con un 5% su actualización. Una medida con la que espera recaudar 300 millones.
En el Impuesto de Sociedades durante 2013 y 2014, Hacienda limita la deducibilidad fiscal de las amortizaciones del inmovilizado material realizadas por grandes empresas: será de un 70% del máximo previsto en tablas. La medida tiene efecto a través de los pagos fraccionados.
En este año 2013 se acaba la exención de la que se benefician los vehículos que funcionan con biocarburantes. Desde enero tributan al mismo tipo que los productos a los que sustituyen o con los que se mezclan, es decir, en los casos del bioetanol y del biometanol, el de la gasolina sin plomo de 95 IO, y, en el caso del biodiesel, el del gasóleo para uso general.
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