Cuando llegue su edad de jubilación, sepa que a la hora de cobrar su plan de pensiones puede elegir la modalidad de cobro que más le convenga para disminuir su tributación.
La forma de cobrar el plan de pensiones es muy flexible. Así, usted puede disponer de él en forma de capital, de renta, combinando capital y renta, e incluso sin fijar periodicidad, es decir, disponiendo a su libre elección. De este modo, puede retirar primero una parte de la prestación en forma de renta, y, al cabo de un tiempo, retirar otra parte en forma de capital.
Puede decidir a qué aportaciones previas corresponden los importes que retira, le interesa que los retiros en forma de capital se imputen a aportaciones anteriores a 31 de diciembre de 2006, para poder aplicar una reducción del 40% en su IRPF (las aportaciones posteriores a esa fecha retiradas como capital ya no gozan de esta reducción).
Esto es muy importante, sobre todo si cobra primero una renta y espera un tiempo para cobrar una parte en forma de capital, si no lo especifica al banco, este interpreta que las primeras cantidades retiradas corresponden a las aportaciones más antiguas, de tal forma que si después retira alguna cantidad en forma de capital, ya no podrá aplicar la reducción del 40 %
Para evitar esta situación, cuando rescate el plan presente un escrito al banco dejando claro qué parte quiere cobrar primero y qué parte después. De este modo, si cobra primero en forma de renta, indique que esos retiros se imputen a las aportaciones realizadas a partir de 2007, y guárdese las aportaciones anteriores para imputarlas a los retiros que haga en forma de capital.
Si tiene varios planes, asegúrese de que cuando recupere en forma de capital las aportaciones anteriores a 2007, dicha recuperación se produzca en el mismo año para todos los planes (puede ser en días diferentes, pero siempre en el mismo año natural), ya que si tiene dos planes y la recuperación en forma de capital se produce en 2013 en uno de ellos y en 2014 en el otro, sólo podrá aplicar la reducción del 40% en uno de ellos (el que usted elija), aunque en ambos existan aportaciones anteriores al año 2007. En cambio, si los retiros en forma de capital de los dos planes los hace en el mismo año, en ambos podrá aplicar la reducción del 40%.
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