¿QUIENES SOMOS?

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Vindex Asesores es un equipo formado por profesionales, con una larga experiencia en el sector empresarial y en las organizaciones, cuya motivación principal, es prestar un servicio ágil y de calidad en todas las áreas de la organización, que requieran un soporte externo especializado y personalizado. Tenemos un nuevo proyecto, conseguir que las empresas que lo deseen dispongan de una serie de herramientas, que les permita detectar y priorizar áreas de riesgo, establecer objetivos operativos, seleccionar actividades y perseguir tanto la consecución de los objetivos como el desarrollo de las actividades.

viernes, 14 de junio de 2013

INICIAR UNA ACTIVIDAD JUNTO A VARIOS PROFESIONALES

            Si piensa iniciar una actividad en un mismo local junto a otros profesionales sepa cuales son las alternativas y su coste fiscal.

            Pueden constituir una sociedad civil, de forma que cada uno facture de forma independiente, pero, compartiendo todos los gastos que se originen, para ello deben formalizar un contrato privado de sociedad civil, en el que conste el objetivo exclusivo de la entidad, que será compartir los gastos derivados del ejercicio individual de su profesión, e incluir la cuota de participación que tendrá cada socio en dichos gastos.

            Así los proveedores sólo emitirán una factura a nombre de la sociedad civil y los socios podrán computar en su IRPF la parte de los gastos que les correspondan en función de su participación, y también podrá deducir el IVA que soporte por dichos gastos.

            La sociedad civil deberá refacturar a cada uno de sus socios, en proporción a la participación estipulada, las facturas que reciba. Los modelos de IVA serán cuota cero.

            La sociedad civil, que no tiene rendimiento, no es sujeto pasivo de IRPF ni del Impuesto sobre Sociedades, son los socios los que podrán deducirse los gastos que les hayan sido facturados.

            Si la sociedad civil es la que factura los servicios profesionales de sus socios, debe presentar declaraciones de IVA por el soportado y el repercutido. No haría falta emitir factura a cargo de los socios.

            Los socios deben declarar los rendimientos obtenidos y las retenciones soportadas según su porcentaje de participación, la sociedad civil deberá presentar el modelo 184, declarando los rendimientos imputados a cada uno de sus socios.

jueves, 13 de junio de 2013

PRESTACIONES Y RETIRADA DEL PLAN DE PENSIONES


Si va a recibir las prestaciones de su plan de pensiones y piensa cobrar una parte de golpe, en forma de capital, y el resto como renta mensual, tenga en cuenta que por las cantidades que cobre de golpe y que procedan de aportaciones realizadas antes del 1 de enero de 2007, podrá aplicar en su IRPF una reducción del 40 %, por lo que sólo tributará por el 60 % de ellas.

Lo importante es relacionar las aportaciones realizadas antes y después del 1 de enero de 2007 con cada uno de los dos tipos de prestación que va a recibir. Las aportaciones previas a 1 de enero de 2007 se pueden imputar totalmente a las cantidades cobradas de golpe.

lunes, 10 de junio de 2013

PROTECCIÓN DE DEUDORES HIPOTECARIOS

La Ley 1/2013, de 14 de mayo, de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social.

  • Desde el 15/5/2013 se permite, de forma excepcional y temporalmente, que los partícipes de los planes de pensiones hagan efectivos sus derechos consolidados en el supuesto de procedimiento de ejecución sobre su vivienda habitual.
  • Desde el 15/5/2013 se permite que los beneficiarios que el solicitante de la hipoteca inversa pueda designar sean personas a las que se les haya reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 %.
  • Desde el 15/5/2013 se amplía el colectivo de deudores de un crédito o préstamo garantizado con hipoteca sobre su vivienda habitual que se consideran situados en el umbral de exclusión y que, en consecuencia, puedan disfrutar de la exención de la ganancia patrimonial que en ellos puedan generarse con ocasión de la dación en pago de su vivienda habitual.